JSA Almodóvar del Río

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02 julio 2008

Ley andaluza de dignidad en el proc de muerte

En Juventudes Socialistas mostramos nuestro apoyo a la futura ley andaluza de dignidad ante el proceso de muerte.
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Las Juventudes Socialistas de Andalucía en Córdoba, queremos felicitar la valiente labor del gobierno de Manuel Chaves, por impulsar La Ley andaluza de Dignidad ante el Proceso de la Muerte, la primera de España que fija las condiciones de la muerte digna, derecho reconocido en la ley de autonomía del paciente y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía, pero que nunca se ha terminado de concretar.

Pablo Lozano, secretario general de JSA-Córdoba, considera que "esta norma es necesaria y beneficiosa para los enfermos y sus familias, que tendrán claros sus derechos. Y redundará positivamente en la sociedad ya que desde hacía tiempo era una demanda mayoritaria, se demuestra así que una vez más, los andaluces seguimos a la vanguardia de las conquistas sociales y la ciencia médica, como ya hiciéramos con la investigación de las células madre durante el gobierno del PP”.

La ley es respetuosa con la actual legislación estatal, que regula y define toda una serie de prácticas que hasta ahora estaban sujetas, en caso de dificultades, a una interpretación subjetiva y a veces interesada. El Código Penal y la Ley de Autonomía del Paciente, creada en el 2002, con el Gobierno de José María Aznar, recogía que todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento. Y acerca de los profesionales, añadía que todo el que interviniese en la actividad asistencial estaría obligado no sólo a la correcta prestación de sus técnicas, sino al cumplimiento de los deberes de información y de documentación clínica, respeto de las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por el paciente, que en el caso del Hospital Severo Ochoa no se cumplieron.

Los jóvenes socialistas, además, apoyamos a la Junta de Andalucía en su propuesta de cambiar la definición de la RAE de la palabra eutanasia, ya que ésta engloba determinados supuestos que son legales en nuestro país, pero que si nos atenemos a su definición estricta, pueden dar lugar a confusiones y errores de interpretación, ya que la actual legislación penaliza la eutanasia, sin tener en cuenta sus diferentes acepciones.

La libertad de cada uno está amparada por la Constitución y en el caso de esta ley no va a ser menos, por lo que valorabamos como muy positiva la regulación que la ley realiza del derecho a la objeción de conciencia de los médicos, ya que obliga a que los profesionales informen sobre qué aspecto de la ley objeta, ya que no contempla la objeción a la ley en general, e impide que determinados centros hospitalarios se declaren objetores, al reconocer la objeción de conciencia como un derecho individual.

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